Se consideran prácticas remuneradas cuando el estudiante percibe cualquier cantidad dineraria o en especie por la realización de las prácticas.
Si los alumnos realizan prácticas remuneradas en cualquier entidad pública o privada, ésta deberá incluirlos en el Régimen de la Seguridad Social según el Real Decreto-ley 2/2023 de 16 de marzo.
En el ámbito de la afiliación: serán dadas de alta en el Código Cuenta Cotización (CCC) actual, y se identificarán con el RLCE 9939 (“PRÁCTICAS FORM.REMUNERADAS DA52LGSS del campo RELACIÓN LABORAL DE CARÁCTER ESPECIAL).
En el ámbito de la cotización: la cotización será aplicando las mismas reglas que hasta ahora, aunque irán bonificadas en un 95%. Por lo tanto las cuotas, teniendo en cuenta la bonificación, serán las siguientes:
Empresa: 10,06 € Estudiante: 0,53 € Total: 10,59 €
Estamos a la espera de la actualización de estas cantidades para el año 2024, así como del posible cambio de código RLCE (Recomendamos consultar directamente con la TGSS).
También se puede consultar la información que está dando la TGSS en formato de preguntas frecuentes
Creado el 2019-01-14 00:00:00.0
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